El
contrato de arrendamiento entre el consorcio panameño, Grupo Wisa (mejor
conocido como “La Riviera”) y la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC),
que se encuentra en casación por no haber tomado en cuenta la Ley de
Contrataciones del Estado, creó un vinculo con la SAT que nadie ha traído a
colación.
Resulta
ser que la cláusula novena de la escritura pública donde se plasma el contrato,
se refiere a un derecho de explotación del área arrendada por el cual se tenía que
pagar a la DGAC, US $ 4,617,777. Las condiciones de como se pacto dicho pago
quedó plasmado así: el 20% se tenía que dar a los 5 días de haber firmado el
contrato, el 30% al inicio de sus actividades y el 50% al momento de obtener
autorización por parte de la SAT “para
operar como Depósito Aduanero y cumpliendo todos los requisitos legales
necesarios en Guatemala para realizar una Tienda Libre de Impuestos (operación
conocida internacionalmente como DUTY FREE)”. Es por demás curioso observar
como se condiciona a la DGAC un pago sustancial de dinero, más de Q 18 millones,
por algo que DGAC no controla, prácticamente
involucrando a la SAT como parte interesada del mismo contrato.
La
Superintendente de Administración Tributaria de aquel entonces Carolina Roca, no
firmo dicha autorización. Fue diez meses después, cuando asumió Rudy Villeda la
Superintendencia, que se firma tal autorización. Personas que estuvieron cerca
del proceso me contaron que las presiones que recibían eran múltiples; no solo
venían del Secretario Privado del Presidente, Gustavo Alejos, quien llamaba “a cada rato” para indagar por que no se
había autorizado a la empresa a operar como Tienda Libre. También recibían
visitas del propio embajador de Panamá e incluso en alguna oportunidad el
propio Superintendente Rudy Villeda recibió una llamada del Presidente Panameño
Omar Torrijos para presionarlo.
¿Por
qué tanta presión? Es sencillo. Autorizar un Depósito Aduanero para que opere
como Tienda Libre es ilegal. De hecho
existe una sentencia en este caso del 30 de Julio del 2012 dictada por la Corte
de Constitucionalidad que señaló: “En el
caso concreto, la disposición emanada por la Superintendencia de Administración
Tributaria carece de seguridad y certeza jurídicas, ya que al efectuarse
homologación entre las funciones de las tiendas libres o duty free con las de
un deposito aduanero, se pretende exonerar a estos últimos de la afectación del
pago de impuestos, lo cual deviene inconstitucional”. Continúa diciendo la
CC que la SAT “se ha atribuido facultades
que no le corresponden permitiendo que un deposito aduanero pueda también
operar como una tienda libre y para esto es necesario la existencia de una ley
emitida por el Congreso de la República de Guatemala”. Otra sentencia de la
CC que SAT se la pasó por el arco del triunfo.
Se
sabe que después que la SAT publicó en el Diario Oficial la Resolución que
autoriza a La Riviera para que su Depósito Aduanero opere como Tienda Libre,
DGAC recibió sus dolaritos. Algo que sorprende es que el expediente que
contenía todo lo actuado entre La Riviera y la DGAC fue “robado” de las
instalaciones de la DGAC. Existe denuncia por este hecho en el MP por parte de
las autoridades de DGAC. Preguntas ¿A
quien le hubiera interesado robarse ese expediente? ¿Qué contenía el expediente
que fue imperativo desaparecerlo?
A
propósito del Ministerio Publico, a pesar que se ha presentado una querella y
siete denuncias penales contra funcionarios de la SAT y contra La Riviera desde hace dos años, a la fecha el MP
no ha hecho NADA.
Para
que todo estos actos de corrupción terminen, el Organismo Judicial, como el poder del Estado creado para controlar y
mantener en equilibrio o en jaque los desmadres del ejecutivo, tiene la
responsabilidad de declarar Nulo el contrato de arrendamiento entre la DGAC y
La Riviera.
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